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Desde sectores inmobiliarios advierten que Exaltación de la Cruz legisló “contra la ley”

Luego que desde el HCD local se aprobara una ordenanza para frenar la instalación de franquicias inmobiliarias, parte del sector perjudicado señaló que no puede actuar por encima de normas nacionales y provinciales.

El Municipio de Exaltación de la Cruz acordó con el Colegio de Martilleros de Zárate-Campana frenar la instalación de las denominadas franquicias inmobiliarias, lo cual para algunos especialistas va en contra con la constitucionalidad, ya que una “ley municipal no puede nunca estar por encima de las leyes nacionales y provinciales que regulan tanto la publicidad como el ejercicio profesional”.

La norma municipal se conformó mediante una ordenanza que prohíbe la publicidad de inmobiliarias llevadas adelante por martilleros que contratan servicios complementarios a través de franquicias.

De esa manera, el Concejo Deliberante de Exaltación estableció la “prohibición al funcionamiento de franquicias inmobiliarias”. Para ello, se impide “la instalación de cartelería, publicidad y oficinas de atención bajo nombres de franquicias, licencias o marcas”.

La medida va en sintonía con otras similares que se han impulsado en diferentes municipios, pero despertó la queja del sector perjudicado. “Las ordenanzas de este tipo, además de ser discriminatorias y arbitrarias, son inconstitucionales” aseguran. Y agregan que “de este modo, los municipios no solo vulneran la ley sino que ponen en riesgo los propios intereses ya que enfrentan posibles consecuencias judiciales por los perjuicios que la ordenanza ilegal pudiera causar”.

A principios de año, la controversia legal entre los Colegios de Martilleros y profesionales matriculados que eligieron trabajar con franquicias, llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que aceptó tratar la causa y llamar a audiencia pública.

Desde el sector inmobiliario que se ha visto perjudicado por esta normativa, apelan a diferentes legislaciones. Por un lado, aseguran que los Concejos Deliberantes tienen la potestad de establecer pautas generales sobre la forma en la que se hace publicidad en la vía pública, pero “de ninguna manera están habilitados a limitar selectivamente qué mensajes se difunden y cuáles no, qué inmueble se publicita y cuál no”.

Asimismo, aseguran que a nivel municipal no es posible regular la publicidad ni el ejercicio de la profesión de los corredores inmobiliarios, ya que son facultades del Congreso Nacional y de las legislaturas provinciales, y en la actualidad, se apoyan en la ley nacional 20.266 y la bonaerense 10.973. De esta manera, tras el reclamo que sostiene el sector, la Corte Suprema deberá tomar la decisión final, y así poner claridad sobre el futuro de la norma en Exaltación y en tantos otros municipios, como Almirante Brown, Azul, Berazategui, Berisso, Bolívar, Campana, Escobar, General Pueyrredón, Partido de La Costa, Monte Hermoso, Necochea, Pehuajó, Pinamar, Salto, San Antonio de Areco, San Andrés de Giles, Tandil, Trenque Lauquen, Villa Gesell y Zárate.

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