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El intendente Martín acordó una recomposición salarial para municipales

En un encuentro con representantes sindicales, se definieron mejoras salariales para el personal municipal, que comenzaron a regir desde enero de 2026 y se enmarcan en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

En la mañana del jueves, se desarrolló en Capilla del Señor una reunión de trabajo entre el intendente Luis Mariano Martín y representantes de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), con el propósito de avanzar en definiciones vinculadas a la situación salarial de los trabajadores municipales. El encuentro permitió analizar el contexto económico actual y evaluar alternativas orientadas a recomponer los ingresos del personal de la administración local.

Tras un intercambio de opiniones y el abordaje de distintos aspectos vinculados al poder adquisitivo de los salarios, las partes arribaron a un acuerdo que contempla una actualización significativa de los haberes. En ese marco, se resolvió establecer un incremento del 22 por ciento sobre el sueldo básico, conformado a partir de la incorporación al básico de las dos sumas no remunerativas que se venían abonando hasta diciembre de 2025, sumado a un aumento adicional del 10 por ciento.

Asimismo, se definió otorgar un incremento del 10% de carácter no remunerativo, que será calculado sobre el nuevo sueldo básico vigente a partir de enero de 2026. Ambos aumentos comenzaron a regir desde el 1° de enero del presente año, impactando de manera directa en los ingresos del personal municipal.

Durante la reunión, también se avanzó en la implementación de una Bonificación por Antigüedad destinada a los agentes que revisten en la planta permanente. Esta medida se encuadra en lo dispuesto por la Ordenanza de Presupuesto 2026 N°3128/2026 y, en particular, en su artículo 9, que establece el reconocimiento de la trayectoria laboral dentro del ámbito de la administración pública.

La bonificación consiste en el pago de un monto equivalente al 3% del sueldo correspondiente a la categoría de revista por cada año de servicio prestado en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, y comenzó a aplicarse a partir del 1° de enero. No obstante, se aclaró que quedarán excluidos de este beneficio aquellos agentes que, por los mismos períodos de servicio, perciban una prestación similar, ya sea en concepto de jubilación, retiro u otra bonificación de características análogas.

Desde el Municipio se dejó expresamente establecido que esta disposición no altera los porcentajes de antigüedad previamente regulados, manteniéndose vigentes las normativas existentes en la materia. La cláusula acordada fue incorporada como anexo al Convenio Colectivo de Trabajo, con el objetivo de garantizar su aplicación y cumplimiento en los términos establecidos. Finalmente, las partes manifestaron su conformidad con el acuerdo alcanzado, destacando el marco de diálogo y buena fe en el que se desarrollaron las negociaciones, y asumieron el compromiso de cumplir con lo convenido, reafirmando la importancia del entendimiento entre el Ejecutivo local y las organizaciones sindicales como herramienta para fortalecer las condiciones laborales de los trabajadores municipales.

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