Luego del pedido de informes sobre los beneficiarios de la vacuna en Exaltación, trascendió una carta de la Provincia. Allí responden al Municipio de Campana que los datos solo pueden ser divulgados con la autorización de los vacunados.
La Provincia de Buenos Aires se expidió ante una consulta del Municipio de Campana sobre la divulgación de la identidad y datos personales de quienes se hayan vacunado contra el Coronavirus.
A raíz del escándalo nacional por la vacunación vip que derivó en la renuncia del ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, fueron muchos municipios donde concejales opositores empezaron a presentar pedidos de informes para conocer de primera mano si era correcto el desarrollo del plan de inmunización en la provincia de Buenos Aires.
Uno de ellos fue Exaltación de la Cruz, donde el concejal de Cambiemos, Raúl Sancho, pidió una sesión extraordinaria para tratar un pedido de informe completo de todos los vacunados contra COVID19 en el distrito y promovía también la creación de un registro de acceso público donde deben cargarse todos los beneficiarios de la vacuna contra COVID hasta la fecha y los que se vayan vacunando.
Sin embargo, el opositor buscaba que su iniciativa se tratara el último viernes, lo que finalmente no ocurrió. Aunque desde el bloque oficialista del Concejo Deliberante evalúan la posibilidad de tratarlo el martes próximo.
Según la contestación de la Provincia al Municipio de Campana, a la que tuvo acceso El Lugareño, “debe tenerse presente que la información solicitada no puede ser remitida en virtud de encontrarse prohibida su divulgación por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales”.
En ese sentido y de acuerdo a lo establecido por los artículos 2° y 7° de la mencionada ley, “los datos personales que revelen información referente a la salud son una categoría de datos sensibles, requiriendo el consentimiento pleno, libre e informado del titular de ésta sobre cualquier utilización con fines incompatibles con un tratamiento médico”, explicaron e hicieron referencia al artículo 4°, inciso 3, y artículo 5° de la Ley Protección de Datos Personales.
Por último, advirtieron que “es oportuno mencionar que en el ámbito de la administración pública provincial existen diversos organismos de contralor, tanto externos como internos, destinados a garantizar la transparencia de los procedimientos administrativos. Esos organismos, de acuerdo a la Constitución Provincial y las diversas leyes que los rigen son la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia, la Fiscalía de Estado y el Honorable Tribunal de Cuentas”.
Fuentes municipales indicaron a El Lugareño que “en Exaltación nadie se niega a la transparencia en los actos de gobierno y menos aún en materia de salud”.
Además, indicaron que la Comuna presentó su inquietud a la Asesoría General de Gobierno el viernes último por la mañana después de una reunión con Raúl Sancho. “No nos negamos a la sesión, sino que la propusimos para el martes, ni tampoco negamos la información, solo que esta última tiene que darse en un encuadre judicial en el cual el Intendente no tenga una causa por violar la ley de Habeas Data”, añadieron y subrayaron que “es la Asesoría General de Gobierno o un juez el que lo tiene que determinar, no cualquiera sin saber las implicancias”.







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